Comenzaron los controles y se aplicaron las primeras multas

Comenzaron los controles y se  aplicaron las primeras multas

El Departamento Ejecutivo puso en vigencia en la mañana de ayer el Decreto anunciado en la noche del pasado domingo por el Intendente Municipal mediante el cual se ponen en plena vigencia la intensificación de controles y aplicación de severas multas a quienes no respeten las medidas enmarcadas en el Aislamiento Social impuesto para frenar el avance del Coronavirus.

Dicho Decreto se fundamenta en la detección de numerosas faltas e incumplimientos detectados y a la proliferación de casos que derivaron en que el sistema sanitario se halle al borde del colapso según reconocieron los propios responsables del Comité de Infecciones Respiratorias.

EL DECRETO

El Decreto Nº 1693, expresa en su articulado que se prohíbe "en el ámbito del Partido de Balcarce, toda reunión social o familiar entre personas que no sean convivientes. Todo esto como medida en salvaguarda y protección de la salud pública".

Por lo tanto,- señala-, los propietarios, poseedores o tenedores de establecimientos, casas, quintas, fincas, u otro tipo de inmueble sean personas físicas o jurídicas donde se realicen las reuniones sociales, de acuerdo a lo expresado en el artículo precedente, serán pasibles de las sanciones establecidas por el artículo 39 de la Ordenanza 328/79.

Además se formará una causa penal, dado que se labrará el acta para remitir a la Justicia Federal. Las multas irán de $ 3.000 a $ 248.760.

Se destaca que también serán pasibles de similares sanciones quienes participen de dichas reuniones sociales y que en caso de tratarse de menores de edad la penalidad recaerá sobre los padres y/o tutores legales.

Se puntualiza además que en caso de verificarse el desarrollo de un evento de las características establecidas en el presente, los funcionarios actuantes estarán facultados para hacer cesar en forma inmediata la reunión, requiriendo si fuese necesario el auxilio de la fuerza pública y procederán a labrar el acta de infracción pertinente al responsable de la vivienda, como también a los asistentes de esta reunión social. Se deberá relevar e identificar a las personas y vehículos que se encuentren en el lugar.

FUNCIONAMIENTO DE TAXIS Y REMISES

En otro orden, el Decreto establece que el servicio de taxis y remises podrá funcionar en condiciones normales, hasta la 1 de cada día, momento en que cesan las actividades del sector gastronómico en sus distintas variantes. A partir de ese horario, las agencias de remises y los propietarios de taxis deberán solo mantener guardias para traslados de emergencia o pasajeros amparados por el traslado de actividades esenciales. Deberán informar diariamente, conforme legislación aplicable, el registro de pasajeros transportados sin excepciones.

Se destaca que el incumplimiento o violación de lo normado será juzgado por la Justicia de Faltas, pudiendo aplicarse las multas previstas en el artículo 39 de la Ordenanza 328/79, clausura de la agencia y suspensión o baja de la respectiva licencia, de acuerdo a las normas que regulan el servicio de taxis y remises.

TAPABOCAS

Por otra parte se recuerda la vigencia del decreto municipal Nº 791, cuyo artículo 3 señala que "toda persona que circule por la vía pública deberá obligatoriamente usar elementos de protección de nariz y boca", lo que también será controlado y sancionado su incumplimiento.

La autoridad de aplicación de lo establecido en el Decreto será la Secretaría de Gobierno a través de las áreas de Coordinación y Protección Ciudadana, la Dirección de Movilidad y Control Urbano y la Dirección de Inspección General, con el apoyo de las fuerzas de seguridad del Distrito.

En tanto se puntualiza que el Juzgado de Faltas es el órgano competente a los fines del juzgamiento de las eventuales transgresiones mencionadas.